Cómo  rellenar un cheque
Cómo rellenar un cheque

Cómo rellenar un cheque

Cómo rellenar un cheque

El cheque es un instrumento de pago magnífico, pues favorece el crédito y posibilita tanto a particulares como a empresas acceder a financiación de un modo fácil y sencillo. Pero… SIEMPRE QUE TENGA FONDOS. De modo que no olvidemos que antes de aceptar un cheque, hay que comprobar que la empresa que nos lo libra tenga fondos y credibilidad, pues de lo contrario el problema puede ser nuestro por haber confiado en quién no teníamos que haber confiado.

 

  1. Datos de la entidad bancaria y sucursal de la cuenta sobre la que se ha de efectuar el pago.
  2. Código cuenta cliente y código IBAN, International Bank Account Number, muy útil si el cheque es cobrado a través de una entidad de otro país.
  3. Importe del cheque, valor por el que se puede compensar, expresado en números. Es aconsejable comenzar y terminar dicho importe con una almohadilla «#».
  4. Persona a favor de la que se emite el cheque. Dicha persona puede ser tanto una persona física como jurídica o no estar designada.
  5. Importe del cheque, en este caso expresado en letras. En caso de duda esta es la cantidad que prevalece, si no se rellena todo el espacio suele rellenarse con una ralla horizontal.
  6. Lugar y fecha de emisión del cheque.
  7. Serie, tipo y número de documento, cada cheque es único siendo esta numeración la utilizada para identificarlo.
  8. Lugar reservado para la firma del emisor del cheque, hay que tener en cuenta que dicha firma ha de ser autógrafa y en el caso de firmar por cuenta de una empresa además de la firma de la persona apoderada se ha de colocar una antefirma, normalmente el sello de la empresa.
  9. Serie, tipo y número de documento reservado para la lectura mecánica del cheque.
 
Cómo opera el cheque
 
Al portador
Cuando no se quiere especificar quién ha de cobrar el cheque simplemente en vez de especificar el nombre de una persona concreta se incluye la leyenda al portador.

 

Persona determinada
Esto es en el anverso del cheque escribimos el nombre del legítimo tenedor, persona que salvo que transmita el documento a un tercero es quien lo debe cobrar.

 

A la orden de una persona determinada
Esto es en el anverso del cheque escribimos el nombre del legítimo tenedor persona que, salvo que transmita el documento a un tercero, es quien lo debe cobrar. El incluir la cláusula «A LA ORDEN» tiene el mismo efecto que no incluirla si bien pone de manifiesto explicitamente la capacidad que tiene el legítimo tenedor del cheque de transmitir o endosar este a un tercero.

 

A una persona determinada con cláusula «no a la orden»
Esta cláusula indica que el tenedor del cheque no puede transmitir su derecho de cobro a un tercero y por tanto utilizar el cheque como medio de pago. Así cuando se emite un documento con dicha cláusula sólo puede cobrarlo la persona a favor de quién se ha emitido.
Cheque cruzado
Es una modificación que se hace en cualquier cheque con la finalidad de que su importe no pueda ser cobrado en efectivo. Puede ser general (se puede cobrar en cualquier banco, y simplemente aparecen las dos rayas en diagonal)  o especial (entre las dos rayas aparece el nombre de la entidad financiera y sólo se puede cobrar en dicha entidad)
Endoso del cheque bancario
Al ser el cheque un documento que refleja una deuda por parte del emisor a favor de su legítimo tenedor la Ley Cambiaria establece que dichos créditos pueden ser transmitidos, es lo que habitualmente se denomina endoso.
Así endosar un cheque equivale a que el legítimo tenedor se lo transmite a un tercero quien a partir de dicho momento pasa a ser el legítimo tenedor y por tanto detenta todos los derechos del tenedor original. En este sentido en función de como se haya emitido el cheque este podrá ser endosado o no. Así tal y cual hemos mencionado anteriormente serán transmisibles mediante endoso los cheques emitidos a favor de una persona determinada o a su orden.
Endoso en blanco
El legítimo tenedor firma en el reverso del documento transmitiéndolo y se lo entrega al endosado.
Endosos a favor de persona determinada
Cuando el legítimo tenedor especifica en el reverso del cheque a favor de que persona está realizando el endoso.
 

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