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¿QUÉ HACE ESTA DIRECTIVA?
Proporciona la base jurídica para seguir avanzando en el desarrollo de un mercado interior más integrado de pagos electrónicos en la Unión Europea (UE).
Establece exhaustivas normas para los servicios de pago* con el fin de conseguir que los pagos internacionales (dentro de la UE) sean tan fáciles, eficientes y seguros como los pagos realizados dentro de un único país.
Busca lograr una apertura de los mercados de pagos para permitir que entren nuevos actores y aumente la competencia, ofreciendo más opciones y mejores precios a los consumidores.
Prevé la plataforma legal necesaria para la zona única de pagos en euros (SEPA, por sus siglas en inglés).
PUNTOS CLAVE
La Directiva tiene por objetivo mejorar las normas existentes en la UE para los pagos electrónicos. Tiene en cuenta los servicios de pago nuevos e innovadores, como los pagos por móviles y por internet.
La Directiva fija normas relativas a:
- unos estrictos requisitos de seguridad para los pagos electrónicos y la protección de los datos financieros de los consumidores, garantizando una autenticación segura y reduciendo el riesgo de fraude;
- la transparencia de las condiciones y los requisitos de información para los servicios de pago;
- los derechos y obligaciones de los usuarios y los proveedores de servicios de pago.
La Directiva se complementa con el Reglamento (UE) 2015/751, que establece un límite máximo para las tasas de intercambio entre bancos para transacciones realizadas con tarjetas. Se prevé que esto disminuya los costes para los comerciantes cuando aceptan tarjetas de débito y de crédito de los consumidores.
Hacia un mercado de pagos más integrado en la UE
La Directiva establece una serie clara y amplia de normas que se aplicarán a los proveedores nuevos y existentes de servicios de pago innovadores. Estas normas están destinadas a garantizar que dichos agentes puedan competir en igualdad de condiciones, mejorando así la eficiencia, la variedad y la transparencia de los servicios de pago, a la vez que se refuerza la confianza del consumidor en un mercado de pagos armonizado.
Apertura del mercado de la UE a nuevos servicios y proveedores
La Directiva también busca abrir el mercado de pagos de la UE a empresas que ofrezcan servicios de pago orientados a los consumidores o las empresas y basados en el acceso a información sobre la cuenta de pago, en particular:
- servicios de información sobre cuentas, que permiten a un usuario de un servicio de pago disponer de una visión general de su situación financiera en cualquier momento, de modo que pueda gestionar mejor sus finanzas personales;
- servicios de inicio del pago, que permiten a los consumidores pagar sus compras en línea mediante una sencilla transferencia de crédito, mientras proporciona a los comerciantes la garantía de que el pago se ha iniciado, de modo que puedan proporcionar los productos o servicios sin dilación.
Derechos del consumidor
Los derechos del consumidor se refuerzan. Por ejemplo:
- se reduce la responsabilidad por pagos no autorizados de 150 a 50 euros;
- un derecho al reembolsoincondicional para débitos directos en euros;
- eliminación de recargos por la utilización de la tarjeta de crédito o de débito del consumidor.
La Comisión Europea elaborará un folleto electrónico «fácil de usar» antes de principios de 2018 donde recogerá los derechos del consumidor de acuerdo con la Directiva y la legislación relacionada de la UE.
Autorización de instituciones de pago
La Directiva no cambia significativamente las condiciones para la concesión de la autorización como instituciones de pago, aunque las instituciones de pago que ofrecen servicios de información sobre cuentas tendrán que disponer de un seguro de indemnización profesional como condición para la autorización. La Directiva también incluye normas sobre la supervisión de instituciones de pago autorizadas, así como medidas en caso de incumplimiento.
Función de la Autoridad Bancaria Europea (ABE)
La función de la ABE se refuerza para:
- desarrollar un registro central de acceso público de las instituciones de pago autorizadas, que las autoridades nacionales mantendrán actualizado;
- contribuir a la resolución de disputas entre autoridades nacionales;
- desarrollar normas técnicas reglamentarias acerca de canales de comunicación seguros y una autenticación del cliente escrita que deben respetar todos los proveedores de servicios de pago;
- desarrollar la cooperación y el intercambio de información entre las autoridades de supervisión.
La Directiva revoca la Directiva 2007/64/CE a partir del 13 de enero de 2018.
¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR LA DIRECTIVA?
Ha estado en vigor desde el 12 de enero de 2016. Los países de la UE deben incorporarlo al Derecho nacional a más tardar el 13 de enero de 2018.
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