PSD2, PISP y AISP
PSD2, PISP y AISP

PSD2, PISP y AISP

En la entrada anterior os hablé de la nueva Directica de la UE 2015/2366 de la UE. Esta directiva está hecha con el ánimo de generar más competencia en el mercado de servicios de medios de pago y para ello una de las principales novedades que aporta es que obliga a los bancos a abrir sus sistemas a terceros, de tal manera que una empresa que no disponga de la infraestructura para ofrecer servicios de pago pueda hacerlo apoyándose en la infraestructura de un banco. La norma crea 2 tipos nuevos de entidades:

  • Proveedores de Servicios de Iniciación de Pagos (PISP): ofrecen a un cliente la realización de un pago a través de sus plataformas y conectar estas a un banco para finalizar la operación
  • Proveedores de Servicios de Información de Cuenta (AISP): pueden obtener la información financiera del cliente de uno o varios bancos, y estos están obligados a proporcionársela, para presentársela al cliente de manera conjunta y más atractiva que cada banco por separado.

Estos dos nuevos tipos de proveedores alteran la dinámica competitiva del mercado porque abre la puerta a que un montón de pequeñas Fintech o de grandes compañías tecnológicas del tipo Google o Facebook, se posicionen entre el cliente y el banco que ejecuta los servicios en último término. Perder el contacto directo con el cliente para algunos servicios es el gran peligro que corren los bancos.

Esto se traduce en que las compañías que se posicionen como PISP o AISP, pueden ganar:

  1. Financiación: Por ejemplo, un PISP o un AISP puede conocer todos los pagos que hace un cliente y ofrecerle financiación en mejores condiciones que el banco sobre aquellas transacciones que superen determinado volumen.
  2. Asesoramiento y colocación de productos: Un AISP puede conocer la posición global de un cliente en todos sus bancos siempre que el cliente le haya dado permiso. A través del análisis de su actividad puede generar perfiles muy detallados y adelantarse a sus necesidades para ofrecerle productos. Por ejemplo, un AISP puede saber cuándo pagaste el recibo del seguro del coche por última vez y a quien, y adelantarse al vencimiento para ofrecerte en el momento preciso un mejor producto con otra compañía.

Esto no supone que los bancos no puedan actuar como PISP o AISP.La norma no lo impide por lo tanto sí que pueden, es más parece aconsejable que todos deberían planteárselo. Obtener la autorización de un cliente para acceder a la información de las cuentas que tenga en otros bancos sin duda puede aportar a una entidad bancaria un conocimiento mucho más global de sus clientes y monetizarlo a través de estrategias comerciales más personalizadas

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