Condiciones de seguridad
No hay accidente, por desgraciado que sea, del que los hombres hábiles no obtengan provecho.(François de la Rochefoucauld)
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1.-Condiciones de seguridad
1.1.-LUGARES DE TRABAJO.
El Real Decreto 486/97 sobre condiciones mínimas de seguridad en lugares de trabajo establece que se entenderá por lugares de trabajo:
- las áreas del centro de trabajo, edificadas o no, en las que los trabajadores deban permanecer o a las que puedan acceder en razón de su trabajo.
Se consideran incluidos en esta definición:
- los servicios higiénicos y locales de descanso
- los locales de primeros auxilios y los comedores.
- Las instalaciones de servicio o protección anejas a los lugares de trabajo se considerarán como parte integrante de los mismos.
El empresario deberá adoptar las medidas necesarias para que la utilización de los lugares de trabajo no origine riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores o, si ello no fuera posible, para que tales riesgos se reduzcan al mínimo.
Entre los riesgos que nos podemos encontrar en los lugares de trabajo, podemos destacar:
- Caídas al mismo nivel
- Golpes contra objetos
- Caída de objetos en manipulación
- Incendios
- Contaminación por sustancias nocivas o peligrosas
- Atropello por vehículos
Condiciones mínimas:
- El diseño y las características constructivas de los lugares de trabajo deberán ofrecer seguridad frente a los riesgos de resbalones o caídas, choques o golpes contra objetos y derrumbamientos o caídas de materiales sobre los trabajadores.
- Las dimensiones de los locales de trabajo deberán permitir que los trabajadores realicen su trabajo sin riesgos para su seguridad y salud y en condiciones ergonómicas aceptables. Sus dimensiones mínimas serán las siguientes:
Falta de orden y limpieza - 3 metros de altura desde el piso hasta el techo. No obstante, en locales comerciales, de servicios, oficinas y despachos, la altura podrá reducirse a 2,5 metros.
- 2 metros cuadrados de superficie libre por trabajador.
- 10 metros cúbicos, no ocupados, por trabajador.
- Las barandillas serán de materiales rígidos, tendrán una altura mínima de 90 centímetros y dispondrán de una protección que impida el paso o deslizamiento por debajo de las mismas o la caída de objetos sobre personas.
- La anchura mínima de las puertas exteriores y de los pasillos será de 80 centímetros y 1 metro, respectivamente.

Medidas preventivas
- Las zonas de paso y las salidas deberán mantenerse despejadas en todo momento y debidamente señalizadas. No acumular nunca materiales y objetos que impidan el paso de las personas o el acceso a equipos de emergencias (extintores, botiquines, salidas de emergencias…)
Falta de orden y limpieza - Respetar las vías de circulación y la señalización existente.
- Los almacenamientos de materiales deben ser estables seguros. Los materiales mal almacenados son peligroso e ineficaces.
- Las herramientas manuales deberán estar ordenadas y almacenadas adecuadamente.
- No acumular suciedad y deshechos en el suelo o las máquinas. Para eso existen contenedores apropiados.
- Las salpicaduras y derrames han de ser limpiados lo más pronto posible.
- Los lugares de descanso y servicios higiénicos se han de utilizar de modo adecuado.
- Los lugares de trabajo se han de limpiar periódicamente, y mediante sistemas no contaminantes.
- Al terminar cualquier operación es preciso dejar ordenado el lugar de trabajo.
- A la terminación de cualquier operación es necesario comprobar que todas las protecciones de las máquinas están colocadas.
1.2.-EQUIPOS DE TRABAJO.
Con equipos de trabajo nos estamos refiriendo a máquinas y elementos mecánicos con los que ha de interactuar el trabajador. Respecto a éstos hay que tener en cuenta que el empresario adoptará las medidas necesarias para que los equipos de trabajo que se pongan a disposición de los trabajadores sean adecuados al trabajo que deba realizarse y convenientemente adaptados al mismo, de forma que garanticen la seguridad y la salud de los trabajadores al utilizar dichos equipos de trabajo.
Riesgos:
- Aplastamiento
- Cizallamientos
- Corte
- Atrapamiento
- Arrastre
- Impacto
- Perforación
- Abrasión
- Proyección de partículas o fluidos
- Térmico
- Eléctrico
- Ruido
- Vibraciones
Las obligaciones señaladas en el Real Decreto1215/97 al respecto son:
- Comprobación inicial de la correcta instalación, uso y mantenimiento de los mismos.
- Formar e informar a los trabajadores tanto de los riesgo
Vídeo accidente puente grúa s inherentes como de las medidas de protección empleadas, así como de su correcto empleo y uso.
- Respetar las condiciones mínimas de seguridad establecidas en los anexos de dicho real decreto. ´
- Prevención específica:
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- Prevención intrínseca, ya que los equipos de trabajo han de ser diseñados en su origen con las necesarias medidas de prevención y protección.
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- Mantenimiento y revisión de los equipos de trabajo por parte de personal cualificado.
- Los órganos de accionamiento de un equipo de trabajo que tengan alguna incidencia en la seguridad deberán ser claramente visibles e identificables y, cuando corresponda, estar indicados con una señalización adecuada.
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- La puesta en marcha de un equipo de trabajo solamente se podrá efectuar mediante una acción voluntaria sobre un órgano de accionamiento previsto a tal efecto.
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- Cada equipo de trabajo deberá estar provisto de un órgano de accionamiento que permita su parada total en condiciones de seguridad.
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- Todo equipo de trabajo deberá ser adecuado para proteger a los trabajadores contra los riesgos de incendio, de calentamiento del propio equipo o de emanaciones de gases, polvos, líquidos, vapores u otras sustancias producidas, utilizadas o almacenadas por éste.
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- Todo equipo de trabajo deberá ser adecuado para proteger a los trabajadores expuestos contra el riesgo de contacto directo o indirecto con la electricidad.
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- Los equipos de trabajo para el almacenamiento, trasiego o tratamiento de líquidos corrosivos o a alta temperatura deberán disponer de las protecciones adecuadas para evitar el contacto accidental de los trabajadores con los mismos.
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- Las herramientas manuales deberán estar construidas con materiales resistentes y la unión entre sus elementos deberá ser firme, de manera que se eviten las roturas o proyecciones de los mismos. Sus mangos o empuñaduras deberán ser de dimensiones adecuadas, sin bordes agudo
Vídeo riesgos en máquinas s ni superficies resbaladizas, y aislantes en caso necesario.
- Las herramientas manuales deberán estar construidas con materiales resistentes y la unión entre sus elementos deberá ser firme, de manera que se eviten las roturas o proyecciones de los mismos. Sus mangos o empuñaduras deberán ser de dimensiones adecuadas, sin bordes agudo


1.3.- ELECTRICIDAD
Por corriente eléctrica vamos a entender movimiento o paso de electricidad a lo largo del circuito eléctrico, desde el generador de electricidad hasta el aparato donde se va a utilizar, que llamaremos receptor, a través de los conductores. Para que se origine corriente eléctrica, es necesario que, en el generador:
- Se produzca una fuerza electromotriz que cree una diferencia de potencial entre los terminales o polos. A esta diferencia de potencial se la llama tensión o voltaje y se mide en voltios (V).
- A esto tenemos que añadir la Intensidad medida en Amperios que es la cantidad de corriente eléctrica que circula por el medio conductor en una unidad de tiempo.
- Para a su vez estar sometida a una resistencia eléctrica y se mide en ohmios.
Todas estas magnitudes se relacionan por medio de la Ley de Ohm, que dice que la tensión o voltaje es el resultado de multiplicar la intensidad (I) de corriente eléctrica por la resistencia eléctrica (R): V=IxR.
La legislación de referencia será:
- Real Decreto 614/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico.
- Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.
- Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23.
Efectos de la electricidad sobre el organismo
- Fibrilación ventricular consiste en el movimiento anárquico del corazón, el cual, deja de enviar sangre a los distintos órganos y, aunque esté en movimiento, no sigue su ritmo normal de funcionamiento.
- Tetanización entendemos el movimiento incontrolado de los músculos como consecuencia del paso de la energía eléctrica. Dependiendo del recorrido de la corriente perderemos el control de las manos, brazos, músculos pectorales…
- Asfixia se produce cuando el paso de la corriente afecta al centro nervioso que regula la función respiratoria, ocasionando el paro respiratorio.
- Quemaduras dependiendo de la trayectoria, el tiempo de exposición, la impedancia…
- Cambios en la composición electrolítica de la sangre.

Riesgos.
- Contactos eléctricos directos: Contactos con partes de la instalación que en condiciones normales están en tensión.
- Contactos eléctricos indirectos: Contactos con partes o elementos metálicos accidentalmente puestos bajo tensión.
- Quemaduras por arco eléctrico: Producidas por la unión de dos puntos a diferente potencial mediante un elemento de baja resistencia.
- Contactos en alta tensión: Es el acercamiento a dispositivos de más de 1000 voltios, no se llega a tocar el dispositivo, pero al sobrepasar la zona de seguridad se produce una descarga a través del aire, lo consideramos contacto directo.
Prevención.
- No manipular instalaciones eléctricas si no está formado y autorizado para ello.
- Respetar las señalizaciones.
- Revisar los equipos eléctricos antes de utilizarlo. (Todo equipo de trabajo con tensión superior a 24 V, que carezca de doble aislamiento, estará protegido mediante un interruptor diferencia y tendrá puesta a tierra.
- No desconectar equipos tirando de los cables.
- No conectar cables sin clavijas de conexión homologadas.
- Evitar el paso de personal y equipos sobre alargaderas o cables eléctricos.
- No utilizar herramientas eléctricas con los pies o manos húmedas, ni herramientas mojadas.
- Para apagar un incendio en el que exista tensión eléctrica, jamás utilizar agua.
- No puentear las protecciones eléctricas. ( Magnetotérmicos, diferenciales…)
- La instalaciones eléctricas se mantendrán de manera adecuada. ( Comprobar cada mes el accionamiento del pulsador diferencias. Comprobación anual del valor de la resistencia de tierra en la época en que el terreno está más seco).
- El acceso a los recintos con tensión eléctrica se debe realizar por personal cualificado y autorizado.
- Únicamente se realizarán en tensión las operaciones que sean estrictamente necesarias.



Reglas de oro de trabajos sin tensión.
- Desconectar.
- La parte de la instalación en la que se va a realizar el trabajo debe aislarse de todas las fuentes de alimentación. El aislamiento estará constituido por una distancia en aire, o la interposición de un aislante, suficientes para garantizar eléctricamente dicho aislamiento.
-
Vídeo. 5 Reglas de oro electricidad Prevenir cualquier posible realimentación.
- Los dispositivos de maniobra utilizados para desconectar la instalación deben asegurarse contra cualquier posible reconexión, preferentemente por bloqueo del mecanismo de maniobra, y deberá colocarse, cuando sea necesario, una señalización para prohibir la maniobra. En ausencia de bloqueo mecánico, se adoptarán medidas de protección equivalentes.
- Verificar la ausencia de tensión.
- La ausencia de tensión deberá verificarse en todos los elementos activos de la instalación eléctrica en, o lo más cerca posible, de la zona de trabajo. En el caso de alta tensión, el correcto funcionamiento de los dispositivos de verificación de ausencia de tensión deberá comprobarse antes y después de dicha verificación.
- Poner a tierra y en cortocircuito.
- Las partes de la instalación donde se vaya a trabajar deben ponerse a tierra y en cortocircuito.
- Proteger
- Frente a los elementos próximos en tensión y establecer una señalización de seguridad para delimitar la zona de trabajo.
Reposición de la tensión.
- La retirada, si las hubiera, de las protecciones adicionales y de la señalización que indica los límites de la zona de trabajo.
- La retirada, si la hubiera, de la puesta a tierra y en cortocircuito.
- El desbloqueo y/o la retirada de la señalización de los dispositivos de corte.
- El cierre de los circuitos para reponer la tensión.
Para más concreción consultar el Real Decreto 842/02 Reglamento Electrónico de Baja Tensión y su Instrucciones Técnicas Complementarias, así como el Real Decreto 614/2001 sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgos eléctrico.
1.4.- INCENDIO.
Por fuego vamos a entender una reacción química exotérmica de oxidación en la que vamos a tener presente estos tres elementos:
- Combustible: Materia que arde que puede ser sólida, líquida o gaseosa.
- Comburente: Oxígeno
- Energía de activación: Energía mínima para que se inicie el fuego.
Elementos intervinientes
- Combustibles: Aquellos materiales que pueden ser oxidados o que pueden arder. Para ello, deben emitir vapores o gases aunque a temperatura ambiente nos los encontremos, según su estado físico, en forma de:
- Sólidos
- Líquidos
- Gaseosos
- Comburentes: Aquella sustancia que al mezclarse con el combustible provoca la combustión de este último. El más frecuente es el oxígeno aunque hay otros.
- Energía de activación: Es el calor necesario para situar la mezcla “combustible-comburente” en condiciones de temperatura suficiente para su combustión, y es proporcionado por los llamados “focos de ignición”.
- Reacción en Cadena: Fenómeno por el cual el mismo fuego produce su propia alimentación.
Formas de propagación
El calor que se produce en la combustión se propaga de tres formas:
- Radiación: Emisión continua de calor a través de ondas.
- Conducción: Mecanismo de intercambio de calor que se produce de un punto
caliente a otro más frío, a través de un medio conductor.
- Convección: Es el proceso de transmisión de calor a través de un fluido en movimiento.


Según el tipo de combustible vamos a poder identificar 5 clases de fuego:
- Clase A: Fuegos de materiales sólidos, generalmente de naturaleza orgánica, cuya combinación se realiza normalmente con la formación de brasas.
- Clase B: Fuegos de líquidos o de sólidos licuables.
- Clase C: Fuegos de gases.
- Clase D: Fuegos de metales.
- Clase F: Fuegos derivados de la utilización de ingredientes para cocinar (aceites y grasas vegetales o animales) en los aparatos de cocina.
Los principales sistemas de extinción son:
- Agua: al pasar de líquido a vapor enfría el ambiente y reduce la concentración de oxígeno.
- CO2 y Espumas: actúan disminuyendo la concentración de oxígeno hasta un límite inferior al mínimo necesario para la combustión.
- Agentes extintores halogenados: actúan reduciendo la concentración de oxígeno en la llama y atacando la reacción en cadena de ésta.
- Polvo Químico: se basa en la interrupción de la reacción en cadena de la llama, por efecto de la absorción de energía y la eliminación de los radicales .

Instalación fija : Es aquella que consta de un sistema dotado de diferentes salidas para la distribución y lanzamiento del agente extintor.
- Boca de incendio equipada (BIE´s): compuesta por una fuente de abastecimiento de agua, una red de tuberías para alimentar de agua el sistema y un puesto de manguera o BIE propiamente dicha.
- Hidrantes: Son fuentes de agua, normalmente derivadas de las redes públicas, para el uso de los servicios públicos de extinción o para utilización por los servicios propios de una industria. Se situarán en el exterior del edificio, preferentemente junto a sus accesos, en número tal que protejan sus fachadas.
- Columna Seca: Es una instalación sin agua, incorporada al edificio como medio de apoyo a las brigadas de extinción. Los bomberos pueden suministrar agua de sus equipos a estas conducciones.
Sistemas fijos automáticos de extinción: Son instalaciones que tienen como misión la extinción en un área determinada de un incendio, mediante la descarga automática de un agente extintor. Estas instalaciones se dispondrán en zonas de alto riesgo de incendio o cuyo contenido sea de alto valor. El agente extintor será adecuado al tipo de fuego que pueda producirse y al contenido o funciones que se desarrollen en el área a proteger.
Los sistemas son básicamente de tres tipos:
- De rociadores automáticos de agua.
- De extinción por polvo o espuma.
- De extinción por agentes gaseosos.
Instalación móvil : Es aquella que podemos desplazar hasta el lugar del incendio. Se trata de los extintores (pueden ser de: agua, espuma, polvo químico seco, CO2, hidrocarburos halogenados).
El emplazamiento de los extintores permitirá que sean fácilmente visibles y accesibles, estarán situados próximos a los puntos donde se estime mayor probabilidad de iniciarse el incendio, a ser posible, próximos a las salidas de evacuación y, preferentemente, sobre soportes fijados a paramentos verticales, de modo que la parte superior del extintor quede situada entre 80 cm y 120 cm sobre el suelo.
Su distribución será tal que el recorrido máximo horizontal, desde cualquier punto del sector de incendio, que deba ser considerado origen de evacuación, hasta el extintor, no supere 15 m.
Las condiciones en las que se tienen que construir los edificios y las características que han de tener las instalaciones de lucha contra incendios las podemos encontrar en:
- Real Decreto 314/06 por el que se aprueba el Código Técnico de Edificación Civil.
- Real Decreto 2267/04 Reglamento de seguridad contra incendios en establecimientos industriales.
- Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios.
- RD 393/2007 Norma Básica de Autoprotección
