TÉCNICAS DE PREVENCIÓN.
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Son aquellas que se van a implementar antes de que se produzca el accidente, de manera que se centrarán en la eliminación o reducción de las causas de la siniestralidad desde un punto de vista radical, es decir en su raíz. Podría ser el caso; De un adecuado diseño del centro de trabajo, para evitar choques, golpes, caídas…, O de una adecuada formación de los trabajadores…
- Correspondientes a Seguridad en el Trabajo.
- Realización de inspecciones de la seguridad en equipos e instalaciones para la detección de los posibles riesgos.
- Analizar e identificar las situaciones de riesgo que se pueden producir en los puestos de trabajo.
- Analizar los datos obtenidos en los estudios que se hayan hecho sobre absentismo, siniestralidad, etc. Para adoptar medidas preventivas.
- Registro adecuado de accidentes y posterior análisis e implantación de actuaciones preventivas.
- Establecer medidas de seguridad en las instalaciones, métodos de trabajo y equipos.
- Realización de campañas de seguridad.
- Correspondientes a Higiene Industrial
- Identificación exhaustiva de los distintos contaminantes.
- Búsqueda de datos fiables sobre estos a través de estudios científicos y legales.
- Recogida de muestras y medición de estos.
- Adopción de medidas eficaces para la reducción de la generación, propagación y efectos.
- Correspondientes a Ergonomía
- Análisis de los distintos aspectos de las tareas a realizar, como carga física y mental.
- Análisis de las capacidades del trabajador: edad, sexo, experiencia, estado de salud, formación, capacidades mentales y físicas, etc.
- Análisis de las condiciones en las que está el puesto de trabajo. En ellas se analizarán todos los factores que intervienen. Estos son:
- Ambientales.
- Físicos del puesto.
- Organizativos.
- Psicosociales.
- Establecer y cumplir medidas de prevención y correctoras.
- Correspondientes a Psicosociología
- Impartición de formación al trabajador en materia de riesgos psicosociales, actitudes, capacitaciones, técnicas de resolución de problemas, etc.
- Organizar los puestos de trabajo desde la perspectiva psicosocial tomando medidas como rotación de los puestos, enriquecimiento y ampliación de las tareas desempeñadas, dotar de autonomía a los trabajadores, etc.
- Correspondientes a Medicina de la salud
- Realización de investigaciones epidemiológicas en las que se estudie cuál es la frecuencia de los problemas de salud, sus causas, medidas de prevención, control y eliminación.
- Realización de reconocimientos médicos de carácter periódico.
- Evaluaciones de los estados de salud tanto colectivos como individuales.
- Detección precoz de los distintos problemas de salud.
- Establecimiento de programas de prevención.
- Educación y formación sanitaria a los empleados.
- Establecimiento de programas de mantenimiento físico y vacunación.
1.- TÉCNICAS DE PROTECCIÓN.
Son aquella técnicas que entran en juego cuando el riesgo no puede ser evitado, es decir, se hace necesario convivir con el riesgo. Dicho esto, lo que se va a procurar es reducir o eliminar las consecuencias de los riesgos sobre la salud del trabajador.
Dentro de las técnicas de protección podemos distinguir las técnicas colectivas e individuales. Recuerda; Siempre hay que anteponer la protección colectiva sobre la individual.
1.1.-Protección colectiva:
Actúa principalmente sobre el medio de transmisión, poniendo una barrera entre lo que es el riesgo y la persona del trabajador. De entre ellas podemos destacar:
- Barandillas, pasarelas y escaleras.
- Andamios y redes anticaídas.
-
Vídeo sobre redes de seguridad Sistemas de ventilación.
- Líneas de vida
- Barreras de protección acústicas.
- Vallado perimetral de zonas de trabajo.
- Marquesinas contra caída de objetos.
- Extintores de incendios.
- Medios húmedos en ambientes polvorientos.
- Carcasa de protección de motores o piezas en continuo movimiento.
- Señalizaciones e indicativos.
- Barreras de protección térmicas en centros de trabajo.
- Orden y limpieza, etc.
Resguardos y dispositivos
Resguardo:
Se trata de una barrera de carácter físico, que va a poner distancia entre la persona del trabajador y la zona de riesgo o impacto de la máquina. Se trata pues de interponer entre la máquina y trabajador una barrera de carácter material. Entre las clases de resguardos existentes podemos encontrar:
- Fijos: Resguardos que se mantienen en su posición, es decir, cerrados, ya sea de forma permanente (por soldadura, etc.) o bien por medio de elementos de fijación (tornillos, etc.) que impiden que puedan ser retirados/abiertos sin el empleo de una herramienta. Los resguardos fijos, a su vez, se pueden clasificar en:
- envolventes (encierran completamente la zona peligrosa)
- distanciadores (no encierran totalmente la zona peligrosa, pero, por sus dimensiones y distancia a la zona, la hace inaccesible)
Resguardo fijo
- Móviles: Resguardos articulados o guiados, que es posible abrir sin herramientas. Para garantizar su eficacia protectora deben ir asociados a un dispositivo de enclavamiento, con o sin bloqueo.
- Regulables: Son resguardos fijos o móviles que son regulables en su totalidad o que incorporan partes regulables. Cuando se ajustan a una cierta posición, sea manualmente (reglaje manual) o automáticamente (autorreglable), permanecen en ella durante una operación determinada.
Resguardo regulable

Dispositivos:
La principal diferencia que tiene con el resguardo es que supone una barrera de carácter técnico. Es cierto que va a evitar el contacto entre la zona de peligro o impacto de la máquina y el trabajador, pero de un modo más específico, pudiendo ir asociado a un resguardo. Entre las clases de dispositivos que existen podemos encontrar:
- Dispositivo de enclavamiento: Es aquel que tiene determinadas partes móviles conectadas a los mecanismos de mando de la máquina de tal forma que se cumplan las siguientes condiciones:
- Las funciones peligrosas de la «máquina» cubiertas por el resguardo, no pueden desempeñarse hasta que el resguardo no esté cerrado.
- La apertura del resguardo mientras se desempeñan las funciones peligrosas de la máquina dan lugar a la orden de parada.
- Cuando el resguardo está cerrado, las funciones peligrosas de la máquina «cubiertas» por el resguardo pueden desempeñarse, pero el cierre del resguardo no provoca por sí mismo su puesta en marcha.

- Resguardo con dispositivo de enclavamiento y bloqueo: Resguardo asociado a un dispositivo de enclavamiento y a un dispositivo de bloqueo mecánico, de manera que:
- Las funciones peligrosas de la máquina «cubiertas» por el resguardo, no pueden desempeñarse hasta que el resguardo no esté cerrado y bloqueado.
- El resguardo permanece bloqueado en posición de cerrado hasta que haya desaparecido el riesgo de lesión debido a las funciones peligrosas de la máquina.
- Cuando el resguardo está bloqueado en posición de cerrado, las funciones peligrosas de la máquina cubiertas por el resguardo pueden desempeñarse, pero el cierre y el bloqueo del resguardo no provocan por sí mismos su puesta en marcha.

- Resguardo asociado al mando: Resguardo asociado a un dispositivo de enclavamiento (o de enclavamiento y bloqueo) de manera que:
- Las funciones peligrosas de la máquina «cubiertas» por el resguardo no pueden desempeñarse hasta que el resguardo no esté cerrado.
- El cierre del resguardo provoca la puesta en marcha de la función peligrosa de la máquina.

- Dispositivo de detección de presencia: Dispositivo que es accionado cuando una persona franquea el límite de la zona de seguridad de una máquina en funcionamiento y que detiene la máquina o interviene su movimiento, impidiendo o reduciendo al mínimo el riesgo de accidente.

- Dispositivo de inercia o movimiento residual: Es un dispositivo que, asociado a un resguardo, está diseñado para evitar el acceso a las partes o elementos mecánicos que se mantienen en movimiento, por inercia, una vez cortado el suministro de energía.

- Dispositivo de mando sensitivo: Dispositivo de mando que pone y mantiene en marcha los elementos de una máquina solamente mientras el órgano de accionamiento se mantiene accionado. Cuando se suelta el órgano de accionamiento, éste retorna automáticamente a la posición correspondiente a la parada.

- Dispositivo de mando a dos manos: Es un dispositivo que requiere ambas manos para accionar la máquina, de forma que se tiene una medida de protección que sólo es válida para el maquinista.
Dispositivo de doble mando - Dispositivo de retención mecánica: Dispositivo cuya función es insertar en un mecanismo, un obstáculo mecánico (cuña, pasador, bloque, calce, etc.) capaz de oponerse, en base a su resistencia a cualquier movimiento peligroso (por ejemplo la caída de una corredera en caso de fallo del sistema normal de retención).

- Dispositivo de validación: Dispositivo suplementario de mando, accionado manualmente, utilizado conjuntamente con un órgano de puesta en marcha, que mientras se mantiene accionado, autoriza el funcionamiento de la máquina.
-
Dispositivo de validación Dispositivo sensible: Dispositivo que provoca la parada de una máquina o de elemento de una máquina, cuando una persona o parte de su cuerpo rebasa un límite de seguridad (dispositivo sensible a la presión, dispositivos fotoeléctricos, etc.).
Dispositivo sensible
- Dispositivo limitador: Dispositivo que impide que una máquina o elementos de una máquina sobrepasen un límite establecido (limitador de presión, desplazamiento, etc.).
Dispositivo limitador de velocidad de un ascensor
- Dispositivo de mando de marcha a impulsos: Dispositivo de mando cuyo accionamiento permite solamente un desplazamiento limitado de un elemento de una máquina, reduciendo así el riesgo lo más posible. No permite otro movimiento hasta que se suelte y sea accionado de nuevo.
- Dispositivo de parada de emergencia: Elemento de paro que debe ser utilizado en situaciones anormales de funcionamiento de las máquinas, esdecir, cuando aparece una situación de peligro durante el desarrollo del trabajo, que pueda repercutir ya sea en el operario o bien en la propia máquina. Será de tipo «cabeza de seta» de color rojo, al ser accionado (pulsado) quedará enclavado, obligando al rearme para la nueva puesta en servicio.
Dispositivo de parada de emergencia

1.2-Protección individual
Se trata de la última medida que se debe adoptar en prevención, es decir, optaremos por la protección individual una vez que hayamos agotado todas las medidas de prevención y de protección colectiva. Se caracteriza principalmente porque va a actuar sobre el trabajador mismo. Recuerda que los equipos de protección individual deberán utilizarse cuando existan riesgos para la seguridad o salud de los trabajadores que no hayan podido evitarse o limitarse suficientemente por medios técnicos de protección colectiva o mediante medidas, métodos o procedimientos de organización del trabajo.
El empresario deberá informar a los trabajadores, previamente al uso de los equipos, de los riesgos contra los que les protegen, así como de las actividades u ocasiones en las que deben utilizarse. Asimismo, deberá proporcionarles instrucciones, preferentemente por escrito, sobre la forma correcta de utilizarlos y mantenerlos. El manual de instrucciones o la documentación informativa facilitados por el fabricante estarán a disposición de los trabajadores. Esta información deberá ser comprensible para los trabajadores.
El empresario garantizará la formación y organizará, en su caso, sesiones de entrenamiento para la utilización de equipos de protección individual, especialmente cuando se requiera la utilización simultánea de varios equipos de protección individual que por su especial complejidad así lo haga necesario.

En lo relativo a la protección individual cabe destacar la figura de los EPI´s, que van a ser cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud en el trabajo, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin. Su regulación está establecida en:
Las características principales que han de tener los EPI´s, son:
- Los equipos de protección individual, proporcionarán una protección eficaz frente a los riesgos que motivan su uso, sin suponer por sí mismos u ocasionar riesgos adicionales ni molestias innecesarias. A tal fin deberán:
- Responder a las condiciones existentes en el lugar de trabajo.
- Ser de uso individual por el trabajador
- Tener en cuenta las condiciones anatómicas y fisiológicas y el estado de salud del trabajador.
- Adecuarse al portador, tras los ajustes necesarios.
- En caso de riesgos múltiples que exijan la utilización simultánea de varios equipos de protección individual, éstos deberán ser compatibles entre sí y mantener su eficacia en relación con el riesgo o riesgos correspondientes.
1.2.-Clases de EPI´s
- Protectores de la cabeza
- Cascos de seguridad (obras públicas y construcción, minas e industrias diversas).
- Cascos de protección contra choques e impactos.
- Prendas de protección para la cabeza (gorros, gorras, sombreros, etc., de tejido, de tejido recubierto, etc.).
- Cascos para usos especiales (fuego, productos químicos).
- Protectores del oído
- Protectores auditivos tipo «tapones».
- Protectores auditivos desechables o reutilizables.
- Protectores auditivos tipo «orejeras», con arnés de cabeza, bajo la barbilla o la nuca.
- Cascos antirruido.
- Protectores auditivos acoplables a los cascos de protección para la industria.
- Protectores auditivos dependientes del nivel.
- Protectores auditivos con aparatos de intercomunicación.
- Protectores de los ojos y de la cara
- Gafas de montura «universal».
- Gafas de montura «integral» (uni o biocular).
- Gafas de montura «cazoletas».
- Pantallas faciales.
- Pantallas para soldadura (de mano, de cabeza, acoplables a casco de protección para la industria).
- Protección de las vías respiratorias
- Equipos filtrantes de partículas (molestas, nocivas, tóxicas o radiactivas).
- Equipos filtrantes frente a gases y vapores.
- Equipos filtrantes mixtos.
- Equipos aislantes de aire libre.
- Equipos aislantes con suministro de aire.
- Equipos respiratorios con casco o pantalla para soldadura.
- Equipos respiratorios con máscara amovible para soldadura.
- Equipos de submarinismo.
- Protectores de manos y brazos
- Guantes contra las agresiones mecánicas (perforaciones, cortes, vibraciones).
- Guantes contra las agresiones químicas.
- Guantes contra las agresiones de origen eléctrico.
- Guantes contra las agresiones de origen térmico.
- Manoplas.
- Manguitos y mangas.
- Protectores de pies y piernas
- Calzado de seguridad.
- Calzado de protección.
- Calzado de trabajo.
- Calzado y cubrecalzado de protección contra el calor.
- Calzado y cubrecalzado de protección contra el frío.
- Calzado frente a la electricidad.
- Calzado de protección contra las motosierras.
- Protectores amovibles del empeine.
- Polainas.
- Suelas amovibles (antitérmicas, antiperforación o antitranspiración).
- Rodilleras.
- Protectores de la piel
- Cremas de protección y pomadas.
- Protectores del tronco y el abdomen
- Chalecos, chaquetas y mandiles de protección contra las agresiones mecánicas (perforaciones, cortes, proyecciones de metales en fusión).
- Chalecos, chaquetas y mandiles de protección contra las agresiones químicas.
- Chalecos termógenos.
- Chalecos salvavidas.
- Mandiles de protección contra los rayos X.
- Cinturones de sujeción del tronco.
- Fajas y cinturones antivibraciones.
- Protección total del cuerpo
- Equipos de protección contra las caídas de altura.
- Dispositivos anticaídas deslizantes.
- Arneses.
- Cinturones de sujeción.
- Dispositivos anticaídas con amortiguador.
- Ropa de protección.
- Ropa de protección contra las agresiones mecánicas (perforaciones, cortes).
- Ropa de protección contra las agresiones químicas.
- Ropa de protección contra las proyecciones de metales en fusión y las radiaciones infrarrojas.
- Ropa de protección contra fuentes de calor intenso o estrés térmico.
- Ropa de protección contra bajas temperaturas.
- Ropa de protección contra la contaminación radiactiva.
- Ropa antipolvo.
- Ropa antigás.
- Ropa y accesorios (brazaletes, guantes) de señalización (retrorreflectantes, fluorescentes).
1.3.-SEÑALIZACIÓN.
Sirve para atraer la atención y provocar una respuesta inmediata, para dar a conocer el peligro claramente y con anticipación y para informar de cómo actuar en cada caso. La regulación de la señalización la podemos encontrar en el RD 485/97.
La señalización ha de:
- Llamar la atención de los trabajadores sobre la existencia de determinados riesgos, prohibiciones u obligaciones.
- Alertar a los trabajadores cuando se produzca una determinada situación de emergencia que requiera medidas urgentes de protección o evacuación.
- Facilitar a los trabajadores la localización e identificación de determinados medios o instalaciones de protección, evacuación, emergencia o primeros auxilios.
- Orientar o guiar a los trabajadores que realicen determinadas maniobras peligrosas.
La señalización no deberá considerarse una medida sustitutoria de las medidas técnicas y organizativas de protección colectiva y deberá utilizarse cuando mediante estas últimas no haya sido posible eliminar los riesgos o reducirlos suficientemente. Tampoco deberá considerarse una medida sustitutoria de la formación e información de los trabajadores en materia de seguridad y salud en el trabajo.
La elección del tipo de señal y del número y emplazamiento de las señales o dispositivos de señalización a utilizar en cada caso se realizará de forma que la señalización resulte lo más eficaz posible, teniendo en cuenta:
- Las características de la señal.
- Los riesgos, elementos o circunstancias que hayan de señalizarse.
- La extensión de la zona a cubrir.
- El número de trabajadores afectados

1.3.2-COLOR DE SEGURIDAD
Color | Significado | Indicaciones y precisiones |
Rojo. | Señal de prohibición. | Comportamientos peligrosos. |
Peligro-alarma. | Alto, parada, dispositivos de desconexión de emergencia. Evacuación. | |
Material y equipos de lucha contra incendios. | Identificación y localización. | |
Amarillo o amarillo anaranjado. | Señal de advertencia. | Atención, precaución. Verificación. |
Azul. | Señal de obligación. | Comportamiento o acción específica.
Obligación de utilizar un equipo de protección individual. |
Verde. | Señal de salvamento o de auxilio. | Puertas, salidas, pasajes, material, puestos de salvamento o de socorro, locales. |
Situación de seguridad. | Vuelta a la normalidad. |
SEÑALES DE OBLIGACIÓN.
Indican la obligatoriedad de utilizar protecciones adecuadas para evitar accidentes. Tienen forma circular, fondo de color azul y los dibujos de color blanco. Pueden tener el borde también de color blanco. Veamos algunos ejemplos:
SEÑALES DE PROHIBICIÓN.
Impiden ciertas actividades que ponen en peligro la salud propia o de otros trabajadores. En definitiva son señales que Prohíben. Son de forma circular, fondo de color blanco, borde de color rojo y el dibujo negro.
SEÑALES DE PELIGRO o ADVERTENCIA.
Avisan de posibles peligros que puede conllevar la utilización de algún material o herramienta. Son de forma triangular, fondo amarillo, borde y dibujo de color negro.
SEÑALES DE AUXILIO
Ayudan y proporcionan información acerca de los equipos de auxilio. Son rectangulares o cuadradas, fondo de color verde y borde y dibujo blanco. También se pueden llamar de salvamento o socorro.
SEÑALES DE LUCHA CONTRA INCENDIOS
Además de las señales descritas existen la señal complementaria de riesgo permanente que se empleará en aquellos casos en que no se utilicen formas geométricas normalizadas para la señalización y delimitación de zonas con desniveles, obstáculos u otros elementos que originen riesgos de caída de personas u objetos, choques o golpes.
Las franjas deberán tener una inclinación aproximada de 45° y ser de dimensiones similares de acuerdo con el siguiente modelo:
OTRAS CLASE DE SEÑALES
Características y requisitos de uso de las señales acústicas
- La señal acústica deberá tener un nivel sonoro superior al nivel de ruido ambiental, deforma que sea claramente audible, sin llegar a ser excesivamente molesto. No deberá utilizarse una señal acústica cuando el ruido ambiental sea demasiado intenso.
- El tono de la señal acústica o, cuando se trate de señales intermitentes, la duración, intervalo y agrupación de los impulsos, deberá permitir su correcta identificación y clara distinción frente a otras señales acústicas o ruidos ambientales.
- No deberán utilizarse dos señales acústicas simultáneamente.
- Si un dispositivo puede emitir señales acústicas con un tono o intensidad variables o intermitentes, o con un tono o intensidad continuos, se utilizarán las primeras para indicar, por contraste con las segundas, un mayor grado de peligro o una mayor urgencia de la acción requerida.
- El sonido de una señal de evacuación deberá ser continuo.
Características y requisitos de las señales luminosas
- La luz emitida por la señal deberá provocar un contraste luminoso apropiado respecto a su entorno, en función de las condiciones de uso previstas. Su intensidad deberá asegurar su percepción, sin llegar a producir deslumbramientos.
- La superficie luminosa que emita una señal podrá ser de color uniforme, o llevar un pictograma sobre un fondo determinado.
- Si un dispositivo puede emitir una señal tanto continua como intermitente, la señal intermitente se utilizará para indicar, con respecto a la señal continua, un mayor grado de peligro o una mayor urgencia de la acción requerida.
- No se utilizarán al mismo tiempo dos señales luminosas que puedan dar lugar a confusión, ni una señal luminosa cerca de otra emisión luminosa apenas diferente.
- Cuando se utilice una señal luminosa intermitente, la duración y frecuencia de los destellos deberán permitir la correcta identificación del mensaje, evitando que pueda ser percibida como continua o confundida con otras señales luminosas.
- Los dispositivos de emisión de señales luminosas para uso en caso de peligro grave deberán ser objeto de revisiones especiales o ir provistos de una bombilla auxiliar.
Señales verbales
- La comunicación verbal se establece entre un locutor o emisor y uno o varios oyentes, en un lenguaje formado por textos cortos, frases, grupos de palabras o palabras aisladas, eventualmente codificados.
- Los mensajes verbales serán tan cortos, simples y claros como sea posible; la aptitud verbal del locutor y las facultades auditivas del o de los oyentes deberán bastar para garantizar una comunicación verbal segura.
- La comunicación verbal será directa (utilización de la voz humana) o indirecta (voz humana o sintética, difundida por un medio apropiado).
Señales gestuales
- Una señal gestual deberá ser precisa, simple, amplia, fácil de realizar y comprender y claramente distinguible de cualquier otra señal gestual.
- La utilización de los dos brazos al mismo tiempo se hará de forma simétrica y para una sola señal gestual.
- Los gestos utilizados, por lo que respecta a las características indicadas anteriormente, podrán variar o ser más detallados que las representaciones recogidas en el RD 485/97, a condición de que su significado y comprensión sean, por lo menos, equivalentes.
