Uno de los principales problemas con los que no tenemos que enfrentar en alguna ocasión; ya seamos emprendedores, trabajadores… es la falta de dinero. Para solventarlo el camino más fácil es pedirlo prestado, pero eso tiene sus inconvenientes, y es que nos van a cobrar un dinero por ello. Por lo que te han enseñado tus profesores sabrás que esa cantidad que pagamos por pedir dinero prestado se llama interés.
Centrándonos en el tema en cuestión. Cuando vamos a un banco a solicitar dinero prestado, ya sea mediante un préstamo personal, hipotecario… Nos encontramos con dos conceptos: TIN y TAE. ¿Pero qué son?
TIN: Tipo de Interés Nominal. Es el precio que cobra el banco por prestarnos el dinero. Sin embargo al consumidor dicha cifra no le sirve para mucho. Sólo con ese dato, no puedes saber cuánto te va a costar un préstamo; ya que…
- No tiene en cuenta las comisiones ni otros gastos que tenga que pagar el usuario.
- Se refiere siempre a un periodo de tiempo concreto que hay que especificar.
- No tiene en cuenta la periodicidad de los pagos. Con el mismo TIN el importe de intereses es diferente si los pagos son mensuales, frente a un único pago anual.
TAE: Tasa anual equivalente. La normativa obliga a las entidades financieras a informar a los clientes y a hacer constar la TAE en distintos lugares: en los contratos, en la información previa a la contratación y en la publicidad entre otros.
Los elementos que debe incluir la TAE están legalmente definidos ( comisión de apertura, comisiones…). Es decir, la TAE nos indica lo que verdaderamente nos va a costar el préstamo en su conjunto anualmente. La normativa sigue evolucionando y adaptándose a nivel europeo, y la TAE legal incluye cada vez más conceptos.
Y aún así, cuando pides un préstamo tienes que considerar que:
- Siempre falta algún gasto que deba hacer frente el consumidor (por ejemplo los gastos de notario y registro no se incluyen en el cálculo de la TAE legal).
- Además, hay gastos, como la contratación de productos adicionales que, aunque en teoría sean voluntarios (por lo que su coste no se incluye en la TAE), en la práctica son de contratación obligatoria.
- Por otro lado, en muchos casos el cumplimiento de la norma deja mucho que desear y no se informa al consumidor debidamente de los costes del préstamo.
Es preciso tener en cuenta todo esto para conocer la TAE real de un préstamo.
Por eso, si vas a pedir un día un préstamo…
¡PIDE SIEMPRE QUE TE DIGAN LA TAE REAL!